Gazapos y tropezones
Manuel Corrales Pascual
De la Academia de la Lengua
Me he ocupado ya en esta columna del nombre (usual y oficial) de nuestro país. Y, a ese propósito, me ha parecido interesante averiguar cómo se llaman, usual y oficialmente, otros países hermanos iberoparlantes.
Por orden alfabético, empecemos por la Argentina (¿o por ARGENTINA?, sin artículo). Según Wikipedia, el artículo 35 de la Constitución Nacional Argentina reconoce como nombres oficiales Provincias Unidas del Río de la Plata, República Argentina y Confederación Argentina, y establece el uso de las palabras "Nación Argentina" en la formación y sanción de las leyes.
El título de la carta magna de este hermano país es curioso: "Constitución de la nación argentina", donde el sagaz lector entendido en gramática verá que el vocablo "argentina" es un adjetivo que acompaña al nombre "nación". Y, si continúa leyendo el texto, volverá a ver en el Preámbulo lo mismo: Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina , pero con una peculiaridad nada desdeñable desde el punto de vista ortográfico: escribe con inicial mayúscula el sustantivo "Nación" y el adjetivo "Argentina", con lo que parece dar a entender que ambos vocablos constituyen un todo indisoluble...
Esta misma fórmula la encontraremos abundantemente reiterada en todo el texto constitucional. El artículo 35, evocado más arriba, dice textualmente: "Las denominaciones adoptadas sucesivamente desde 1810 hasta el presente, a saber: Provincias Unidas del Río de la Plata, República Argentina, Confederación Argentina, serán en adelante nombres oficiales indistintamente para la designación del gobierno y territorio de las provincias, empleándose las palabras «Nación Argentina» en la formación y sanción de las leyes".
Terminaremos este asunto en próxima entrega.
Por orden alfabético, empecemos por la Argentina (¿o por ARGENTINA?, sin artículo). Según Wikipedia, el artículo 35 de la Constitución Nacional Argentina reconoce como nombres oficiales Provincias Unidas del Río de la Plata, República Argentina y Confederación Argentina, y establece el uso de las palabras "Nación Argentina" en la formación y sanción de las leyes.
El título de la carta magna de este hermano país es curioso: "Constitución de la nación argentina", donde el sagaz lector entendido en gramática verá que el vocablo "argentina" es un adjetivo que acompaña al nombre "nación". Y, si continúa leyendo el texto, volverá a ver en el Preámbulo lo mismo: Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina , pero con una peculiaridad nada desdeñable desde el punto de vista ortográfico: escribe con inicial mayúscula el sustantivo "Nación" y el adjetivo "Argentina", con lo que parece dar a entender que ambos vocablos constituyen un todo indisoluble...
Esta misma fórmula la encontraremos abundantemente reiterada en todo el texto constitucional. El artículo 35, evocado más arriba, dice textualmente: "Las denominaciones adoptadas sucesivamente desde 1810 hasta el presente, a saber: Provincias Unidas del Río de la Plata, República Argentina, Confederación Argentina, serán en adelante nombres oficiales indistintamente para la designación del gobierno y territorio de las provincias, empleándose las palabras «Nación Argentina» en la formación y sanción de las leyes".
Terminaremos este asunto en próxima entrega.
Pintura de: Omar Jaramillo, tomada del blog omar-paint
Texto tomado de: Gazapos y tropezones Diario hoy.com.ec
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